ÁLVARO RAMÍREZ – EL CANDIL – AÑO IV – N° 176.-
Estuve oyendo algunas sesiones de la corte creada en Colombia a raíz de los acuerdos de paz de hace algunos años y encargada de administrar la justicia especial para la paz.
Esa justicia especial para la paz sustenta el acuerdo, en el entendido y aceptado por todos de que la paz se basa en el arrepentimiento, la reparación y la no repetición. No entro en la polémica de si es un logro o es la mejor forma de haber llegado a firmar un acuerdo. Tampoco en la concepción y definición de justicia, ya que comprendo que el término y su definición están muy asociados a aspectos subjetivos como ética, moral, equidad, que tienen que ver con sentimientos, creencias, cultura o tradición que los hace muy difícil de unificar. Baste mencionar como ejemplo, cómo la pena de muerte, la mutilación, o la apelación a recompensas sobrenaturales como premio o castigo asociados a comportamientos, son legales en algunos países, como también son diferentes los “derechos” en que se basa la administración de justicia.
También escuchaba esta mañana las declaraciones de una alcaldesa quejándose de la administración de justicia que entorpece su accionar, ya que del 100% de capturas en flagrancia por algunos delitos, consagrados como tal en el marco legal, el 88% de los detenidos son liberados inmediatamente cuando se presentan ante un juez, por tratarse de delitos calificados como menores y excarcelables y como tal, merecedores de la libertad. Sus perpetradores continúan en forma sistemática cometiéndolos una y otra vez.
En mi concepción particular, creo que uno de los aspectos más importante de la justicia por su efecto en la sociedad, está relacionado con la “no repetición”. Independiente de la sociedad y su cultura, un delito una vez que se ha conceptualizado como tal en la ley de un país, debe ser objeto de acciones dirigidas a evitar su repetición. Resarcir y castigar con penas físicas, probablemente pueden estar dentro de las acciones orientadas a “desanimar” a los actores. Es notorio que cuando aumentan los delitos, o son de alto impacto en la ciudadanía, una forma de combatirlos en nuestras sociedades es el endurecimiento de las penas, económicas o físicas. Personalmente y oyendo las estadísticas del alcalde y la consuetudinaria presentación y demanda de delitos de corrupción, lesiones y asesinatos en nuestros países, no veo que efectivamente la privación de libertad y las incomodidades de la reclusión en casa o recinto carcelario, estén logrando ganar la batalla y reduciendo significativamente las ocurrencias. (Según publicación de la corporación Excelencia en la Justicia en Colombia del 06 junio 2022, el índice 2021 de noticias criminales por 100.000 habitantes fue de 2.547 y en 2020 de 2266)
(Según reporte de la ONUDD Oficina de la ONU contra la Droga y el Delito al cierre de 2017, la más reciente disponible, la tasa de homicidios intencionales por 100.000 habitantes en el mundo fue de 6.1, en América de 17.2 y en Colombia, Venezuela y Brasil, sobre 20)
Independiente de la eficacia de estas medidas y la real posibilidad de garantizar el arrepentimiento y de resarcir a las víctimas, no solo en el proceso de paz de Colombia, sino en general en la administración de justicia en cualquier sociedad, hay un aspecto adicional que me parece importante. Es el relacionado con el rol y consecuencias que sufre la víctima de un delito o transgresión en la sociedad.
La victima de cualquier delito sufre la violación de sus derechos y de acuerdo con la magnitud debe superar la situación, acompañado o no de la justicia formal. La sociedad como tal, al no lograr disminuir la posibilidad de repetición adopta sus propias medidas para evitar ser víctima. Protegerse, mediante barreras físicas, seguros, vigilancia, además de cambio de comportamiento para evitar exposición. La seguridad y vigilancia privada se han caracterizado por una demanda creciente que ayuda a mover el motor de la economía. La protección con guardaespaldas se ha convertido en símbolo de status en nuestros países. (Según la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada de Colombia en publicación de mayo 2022, la contribución de esta industria es del 1.2% del PIB con más de 390.000 empleos directos. No hay datos fácilmente accesibles de Venezuela)
El funcionamiento de la administración de la justicia es un renglón muy importante de los presupuestos nacionales y en Colombia el monto dedicado solo a establecimientos carcelarios da un costo promedio alrededor de 2 millones mensuales por recluso para su mantenimiento, según reseña del 27 de Abril de este año del periódico de la Universidad Nacional. Una cifra que es el doble del salario mínimo del país.
¿Qué significan estas cifras? La criminalidad no está siendo vencida con el esquema de administración de justicia actual. La disminución de la repetición de los delitos tampoco es lo exitosa que se requiere para el bienestar de la sociedad. Aunque con resultados indirectos en términos de generación de empleo, el monto asociado a la demanda de “seguridad privada” pudiera ser dirigido a otras áreas como desarrollo tecnológico y bienes y servicios que mejoren la calidad de vida, considerando la reducción de costos.
Las víctimas además de no obtener resarcimiento en la mayoría de los casos también incurren en el pago por el “castigo” a los delincuentes ya que el gasto en penitenciarías es un renglón que se sufraga con los impuestos de la población. Las víctimas pagan como víctimas y pagan como financiadores del castigo. Paradójico que la frase predilecta de muchos delincuentes después de cumplir una condena es “pagué mi deuda con la sociedad”.
Recuerdo cómo hace unos 40 años, era inconcebible que el estado se desprendiera de la administración y manejo directo de la salud como servicio público. Con la investigación, asesoría y participación de inversionistas, fue posible diseñar un modelo que hoy da amplia cobertura de salud a la población en Colombia, con la participación directa de la empresa privada.
¿Estará llegando el momento de revisar el modelo de administración carcelaria en el país como un paso en la mejora de administración de justicia? Es un servicio que la sociedad necesita y está dispuesta a pagar. El costo actual parece elevado y fuente potencial de desviación de recursos. El no uso de la capacidad productiva de los reclusos parece una pérdida de oportunidad.
Pensemos solo a modo de ejemplo lo que significaría que, apoyados en tecnología y utilizando espacios de vocación productiva preferiblemente agrícola fuera del área urbana, se estableciera que, los reclusos contribuyeran con la totalidad o un porcentaje muy alto de su costo de sostenimiento mediante trabajo productivo. Como producto adicional atractivo, se les podría ofrecer a los reclusos el ejercicio de su capacidad de ahorro y el aumento de sus posibilidades de reinserción por el aprendizaje y experiencia adquiridas mientras cumple su sentencia o reclusion. Un modelo que considere estos factores indudablemente sería un alivio para la sociedad, no solo en cuanto a costos sino también en la posibilidad de disminuir los indicadores de repetición, reinserción efectiva y logro de una visión de la justicia menos como castigo y retaliación, y más como proceso de mejora de la calidad de vida de la sociedad.
La academia con su capacidad de análisis, los inversionistas con su capacidad de ver nichos de negocio productivo y sostenible, los políticos con su capacidad de socializar, y la sociedad entera con su necesidad insatisfecha podrían, trabajando conjuntamente, iniciar el recorrido de manejar temas, que al ser vistos como tabú ocultan y bloquean oportunidades. Si miramos alrededor no seriamos los pioneros y podríamos aprovechar oportunidades de mejora de experiencias de otros.
Pregunta importante de arranque podría ser, si estamos satisfechos de pagar caro, por un servicio con pobres resultados, que nos mantiene viviendo en zozobra, o queremos dejar de ser espectadores pasivos y promover la búsqueda y desarrollo de modelos que en forma creativa generen vías de mejorar en forma integral la calidad de vida de la sociedad. ¿Sembramos esa semilla?