VALORES – ALVARO RAMÍREZ – EL CANDIL – AÑO III – N° 120
Hace cierto tiempo viene presentándose en Colombia una inquietud en la sociedad, relacionada con los temas de Castigo, Perdón, Reparación y Justicia, especialmente a raíz de los acuerdos de Paz. El tema de Crimen y Castigo no es exclusivo de este pais, pero la polarización política actual hace que sea especialmente ventilado por las redes sociales y que a nivel de las instituciones del estado, se manejen declaraciones de todo tipo asociadas con el mismo. Esta semana se llevó a cabo un evento de confrontación entre actores del conflicto, frente a instituciones y la sociedad en general, que ha dado para pensar. A pesar de entender que es un reto, por la mencionada polarización, me siento tentado a explorar el tema y dejar correr un poco mi imaginación, para compartirlo con Uds.
Desde comienzo de la humanidad aparece el concepto de la “falta” y el merecimiento de un castigo por incurrir en ella. Toda la humanidad se hizo merecedora de una vida dura, al sufrir la expulsión del paraíso terrenal como castigo, por la desobediencia de los primeros padres. A lo largo de la historia se registra y refuerza el concepto. Son famosos los castigos con mutilaciones, apedreamiento, garrote vil, ahorcamiento, y en muchos países la pena de muerte, como algo legalmente admitido para enmendar.
Es tan arraigada la costumbre y tan asociada a principios religiosos y creencias que en algunos sitios, (ahora muy turísticos) las personas voluntariamente se autoflagelan, como muestra de arrepentimiento y “pago” por sus culpas. En otros países los ciudadanos acuden voluntariamente a pagar detención por sus infracciones. No es de extrañar que en nuestras sociedades modernas esté tan arraigada la necesidad de “castigar a los culpables”. Hasta hace muy poco, el castigo físico en los niños se tomaba como “formador”.
¿En una sociedad, cual es la conveniencia general para su normal funcionamiento y preservación? Disminuir a un mínimo las faltas contra el bien de la mayoría. Analizando un poco, la conveniencia del castigo en una sociedad debe asociarse a su capacidad de desincentivar los delitos y su repetición. En sí, castigar a quien comete la falta no representa ningún beneficio adicional, al de evitar su proliferación. Se toma como un principio que no puede haber “crimen sin castigo”. Sin embargo, de nada sirve a una sociedad “castigar” a los culpables, si ese castigo no causa un impacto real en la no repetición. Bajo este razonamiento, el mejor intento que hacen las sociedades para tratar de evitar el delito es “endurecer las penas”. Así nacen proyectos como el que hoy se está discutiendo y aprobando en Colombia de “Cadena Perpetua” a los violadores y en otros países la “pena de muerte a los corruptos” o mutilación a los ladrones. La pregunta es si el temor es suficiente “desincentivo”. Lamentablemente la respuesta no es categóricamente positiva. Si uno piensa por un momento en los traficantes que ponen en peligro su vida transportando en su organismo sustancias prohibidas y mortales, podemos entender cómo el deseo del beneficio inmediato es superior al temor a morir.
Sin embargo, para la sociedad hoy en día cualquier “pena” que se imponga a un culpable tiene un costo. El aparato de justicia, y de cuidado y protección a los condenados, tiene un costo en dinero y riesgos para la sociedad, que puede estar incentivando, con esos castigos, la corrupción de los “controladores” y administradores de justicia, en un círculo de deterioro de los valores de la sociedad. Se puede hacer un pequeño cálculo económico estimando el costo mensual de un detenido por los 40, 50 o 60 años de una condena perpetua. Adicionalmente muchos de los delitos no pueden ser “reparados” y las victimas además de cargar con el daño directo causado por el delincuente, deben acarrear con los costos de mantenerlos, de los controles y el potencial incremento de la corrupción.
Otro aspecto es el relacionado con el “perdón”. Para alguien que ve el castigo como un elemento reparador, la ausencia de este, causa un efecto de insatisfacción, desazón y sentimiento de injusticia. Si un individuo logra desprenderse de la necesidad de castigar a su ofensor, la sensación de alivio y liberación viene con el perdón que le dé a su agresor. Esto que pudiera funcionar y de hecho parece haberlo hecho con muchas de las víctimas en forma individual, no parece tan simple cuando se trata de una sociedad. La sociedad, no puede por “liberación” puntual, inmediata, renunciar a su obligación de evitar la proliferación de delitos e incentivar de alguna forma su repetición. Aunque el castigo individual, no es necesariamente el mecanismo para evitar la repetición, a pesar de ser pretendidamente ejemplarizante, la sociedad necesita mantener a raya los delitos y su impacto.
Que factores hoy en día pudieran tener incidencia en la repetición de los delitos? Tratemos de mencionar algunos y hacer el ejercicio de asociarlos con frases utilizadas por la “Sabiduría Popular”. Como complemento, pensemos también en otras frases que pudieran representar principios para desincentivar el delito:
. – El costo de mantenimiento y supervivencia del delincuente recae sobre sus víctimas. Se dice: “La sociedad debe castigar al delincuente, imponiéndole penas ejemplarizantes” La creencia y deseo general es que el estado sea estricto con los delincuentes y les imponga penas altas. Sin embargo, el castigo de los delincuentes tiene un costo que no parece una inversión menor para el futuro, sin seguridad de su “rentabilidad”, manifestada en disminución de los delitos por el supuesto temor al castigo. Lo deseable es que “la sociedad no pague por el mantenimiento de un delincuente que le hace daño”.
. – El delito en muchos casos brinda bienestar perdurable al delincuente o sus herederos. Se dice: “Nadie puede castigar a alguien por los delitos de un familiar”. Se puede entonces estar promoviendo la aberración de delinquir y dejar a sus allegados “bien” y asegurarse un futuro después de purgar una pena. Una sociedad trabajando para mejorar no puede promover el delito. Se debe estar claro que “nadie puede usufructuar el producto de un delito”
. – El proceso para juzgar, condenar y evitar la repetición mediante el castigo, exige muchos mecanismos de control. Se dice: “El estado está obligado a perseguir, castigar y controlar que los delincuentes no se escapen y reincidan”. La persecución del delito, investigación, enjuiciamiento, condena y cuidado, es un proceso normalmente largo, costoso y permeable a fallas, desviaciones y múltiples amenazas, especialmente si su responsabilidad recae solamente en el “Estado”. Se debe convertir en un deber de toda la sociedad la persecución del delito. (“Todos estamos obligados a denunciar el delito y condenarlo”)
. – Se ha vendido a las víctimas que el castigo al delincuente puede ser su reparación por el daño causado. Es común ver declaraciones de víctimas de delitos, exigiendo “Que se haga justicia y se castigue al culpable”. La mayoría de los delitos están asociados a la violación de derechos de otros. Difícilmente la imposición de penas a los delincuentes es realmente una restitución de los derechos violados. Normalmente “el castigo al delincuente con privación de libertad no repara el daño causado”
. – Comúnmente se ha vendido como aceptable que la restitución de derechos de un delincuente después de su “equivocación”, depende de “pagar las deudas con la sociedad”, o ser perdonado. Pareciera que después de la manifestación de arrepentimiento, o el cumplimiento de la pena impuesta, los delincuentes automáticamente tienen derecho al perdón y al olvido de sus errores”. Las víctimas entonces son juzgadas si no perdonan. Se dice: “Las victimas deben perdonar”. Esta “obligación” no es aceptable, por el contrario, todos los miembros de la sociedad deben tener claro, si no desean la repetición, que “el perdón no es un derecho, ni salda deudas. La responsabilidad no puede recaer en la víctima”. La víctima tiene el derecho de conceder o no, graciosamente el perdón.
Considerando los aspectos anteriores pareciera que es necesario encontrar mecanismos para superarlos. Por ejemplo en el primer caso: Los condenados deben hacerse responsables por producir el costo de su mantenimiento en reclusión. Los recintos de privación de libertad pudieran ser administrados por empresas donde los reclusos sean responsables por producir bienes o servicios que cubran sus costos. Una empresa agrícola de siembra de alimentos, una procesadora, una empresa de ensamblaje de componentes o repuestos, una empresa fabricante de calzado, confección, muebles, son ejemplos de entidades productivas donde los reclusos pueden hacerse responsables por la generación de ingresos necesarios para su manutención. Su ubicación puede ser lejos de centros poblados ya que no se requiere la movilización de los trabajadores diariamente hacia su sitio de trabajo y reduce los costos de control. El administrador de esas empresas no necesariamente debe ser el estado.
En el segundo aspecto citado, cualquier dinero asociado a un delito debe ser confiscado por las autoridades. El control de capitales es efectivo en la medida que todos los ciudadanos figuremos en el registro tributario independientemente que debamos pagar o no impuestos. Con este mecanismo se hace más fácil conocer el flujo de dineros y difícil ocultar los mal habidos.
En cuanto a la necesidad de repudiar y condenar el delito en todas sus manifestaciones, se requiere formación desde las primeras etapas y a lo largo de la vida, para transmitir el VALOR HONESTIDAD y el de RESPETO POR LOS DERECHOS DE LOS DEMAS y el compromiso con ellos. Esta campaña y sus indicadores deben ser seguidos, evaluados y discutidos en todos los ámbitos, permanentemente hasta hacerlos un hábito en la sociedad. En otras palabras formar una verdadera SOCIEDAD DECENTE.
En cuanto a evitar el hacer del castigo la reparación, es necesario que se hagan públicos, cambios a las condenas aplicadas. En el “Catálogo de Penas” es necesario introducir acciones, no tanto con el criterio de tratar de “Reparar” hechos cumplidos como la violación de derechos, como con el de evitar su repetición. El delincuente debe ejecutar acciones concretas que ayuden a disminuir el delito. Participar en eventos de educación, convertirse en promotor de acciones de ayuda a otros, creación y patrocinio de organizaciones de trabajo en equipo, práctica de deporte, actividades artísticas. Probablemente incluir nuevamente como en el pasado, la enseñanza y el trabajo social como requisito, sería una buena idea.
Los anteriores son solo ejemplos y posibilidades. La creatividad se multiplica cuando se suman esfuerzos para alcanzar objetivos. El de la supervivencia de la sociedad, es uno lo suficientemente importante como para reflexionar sobre este tema de CRIMEN Y CASTIGO.

Bogotá – Colombia
